ARTICULO 41 CONSTITUCIONAL NACIONAL ARGENTINA

"Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generara prioritariamente la obligacion de recomponer, segun la establezca la ley. Las autoridades proveeran a la proteccion de este derecho, a la utilizacion racional de los recursos naturales, a la preservacion del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biologica, y a la informacion y educacion ambientales. Corresponde a la Nacion dictar las normas que contengan los presupuestos minimos de proteccion, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Se prohibe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos y de los radiactivos".

jueves, 22 de abril de 2010

JORNADA DE CULTURA SABADO 24 DE ABRIL

Galpón de la Estación de Trenes de Jauregui desde las 14hs.

La Asamblea de Vecinos y Organizaciones del Partido de Luján por le Medio Ambiente, invita a toda la comunidad a compartir una Jornada Cultural este Sábado 24 de abril desde las 14 hs en el Galpón de las Estación de Trenes de Jaruregui. La iniciativa tiene como objetivo continuar con la campaña informativa sobre la problemática ambiental en nuestro partido y al mismo tiempo generar nuevos espacios de encuentro, discusión e intercambio con los vecinos y vecinas de Jauregui, Luján y localidades cercanas.

La jornada contará con distintos números artísticos y musicales, exposición de pinturas y fotos sobre la temática.

Habrá una cantina con bebidas, mate cocido, tortas y tartas dulces, con el objetivo de recaudar fondos para las diferentes actividades que vienen llevando adelante la Asamblea Ambiental.


La jornada de suspende en caso de lluvia.

No hay comentarios:

Publicar un comentario