Hemos iniciado una lucha sin cuartel contra la curtiembre CURTARSA, si te preguntas el por que?
por las personas que han fallecido...entre estos empleados de la curtiembre...
por las personas que padecen cáncer...
por las personas que padecen enfermedades respiratorias...
por las personas que padecen enfermedades digestivas...
por las personas que padecen enfermedades en la piel...
por las personas que padecen cualquier enfermedad a causa de la contaminacion...
por el exterminio de la fauna y la flora del río...
por la contaminación irremediable de las napas de agua potable...en algunos años nos quedamos sin ella..
por la contaminacion de nuestro aire...
por la contaminacion de nuestro suelo...
por la pasividad en estos 30 años del poder político...los mencionamos para los mas pequeños que no los conocen...Sr. Silverio Sallaberry los recibio, Sr. Gerardo Amando continuemos, Sr. Ruben Rampazzi, paso, Sr. Miguel Prince, que podemos decir mas de 10 años en el poder, como dirian en mi barrio "un vende humo", asi le fue, Sr. Hector Felice sin acotacion, y la Dra. Licenciada Graciela Rosso, por ahora apoya al pueblo, pero soluciones pocas, veremos si quiere a su ciudad como dice...
por la injusticia de la justicia...los juzgados de mercedes dictaminaron que no hay relacion entre todo lo que mencionamos y la contaminacion de la curtiembre...si si leiste bien no hay relacion...una cosa de locos...
por nuestros ancestros...que tenemos enterrados aca y tanto han hecho por este pueblo...
por las generaciones futuras...si por nuestros hijos...
porque soy de Lujan...
porque quiero a mi ciudad...
CURTARSA CONTAMINA!!!
ARTICULO 41 CONSTITUCIONAL NACIONAL ARGENTINA
"Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generara prioritariamente la obligacion de recomponer, segun la establezca la ley.
Las autoridades proveeran a la proteccion de este derecho, a la utilizacion racional de los recursos naturales, a la preservacion del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biologica, y a la informacion y educacion ambientales.
Corresponde a la Nacion dictar las normas que contengan los presupuestos minimos de proteccion, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.
Se prohibe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos y de los radiactivos".
miércoles, 10 de marzo de 2010
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