ARTICULO 41 CONSTITUCIONAL NACIONAL ARGENTINA

"Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generara prioritariamente la obligacion de recomponer, segun la establezca la ley. Las autoridades proveeran a la proteccion de este derecho, a la utilizacion racional de los recursos naturales, a la preservacion del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biologica, y a la informacion y educacion ambientales. Corresponde a la Nacion dictar las normas que contengan los presupuestos minimos de proteccion, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Se prohibe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos y de los radiactivos".

martes, 1 de junio de 2010



UN EX OBRERO DE LA CURTIEMBRE CUENTA SUS METODOS
“Había que tapar la mugre”


Julio Orellano contó qué hacía.

Trabajó cinco años en Curtasa: “Yo tapé la mugre -denuncia–: había que eliminar lo que era cromo”. Su relato está entre las pruebas recogidas pacientemente por la gente de Jáuregui. Página/12 habló con él sobre su paso por la industria donde fue casi “alcahuete”. Así lo menciona ahora que ha dejado rubricado su testimonio, certificado por escribano, en el que explica los métodos de Curtasa para “tapar –dice– la mugre tóxica”.
Orellano dedicó parte de su trabajo a organizar los desechos que deberían verterse en cavas impermeables. “Si la membrana trabaja como corresponde, los pozos se llenan, si no quiere decir que hay fuga a las napas.” Para evitar que las cavas rebalsen, “cortaron las impermeables, para que el agua pase, porque si no se hacía globo”. Con Orellano está Regina Palomar indicando que esas filtraciones ahora son detectadas por centros de monitoreo (ver aparte).
–Se lo juro por Dios –dice el obrero–: yo los tapé, puedo probarlo. Me obligaban a enterrar el cromo y las sales. Era mi trabajo y sabía que era totalmente prohibido. Debe haber dos mil camionadas de barro con cromo afuera, en la quema, porque venía una inspección grande.
Parte de las descargas de la empresa, explica, se dieron como tierra buena a los horneros de la zona. Orellano acusa en este caso a uno de los funcionarios del Seamse por trámites en los que “desparramaba ese barro con cromo después de hacerles firmar a los horneros, un papel donde figuraba que el barro contenía veinte productos químicos y no les decía que además de los livianos como la cal, había otros que eran cromo”. Ahora es la diputada Bárbara Espínola quien escucha a Orellano y aporta: “Es el momento más peligroso porque la horneada convierte el cromo trivalente en hexavalente potencialmente cancerígeno”.
Orellano dice haberse encontrado a Emir Yoma en la fábrica. “El Yoma que está preso vino acá, se bajó de un helicóptero verde y ni siquiera saludó a los gerentes, al otro día nos dijeron que hay que trabajar dos horas más porque vino el dueño y dijo que la producción está muy lerda.” Aunque en el pueblo también circula la versión de una relación de los Yoma con la curtiembre, no ha aparecido documentación que lo avale.
La historia de Julio Orellano está secundada aquí por la de Fabio Paye, operario de la industria durante siete años. “Ellos sabían que yo tenía cromo en el cuerpo –dice Paye–. En la descarga de cueros me picaba la espalda una o dos horas y después me recetaron unas pastillas que eran tan fuertes que me secaban”.
Gentileza Pagina 12

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