ARTICULO 41 CONSTITUCIONAL NACIONAL ARGENTINA

"Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generara prioritariamente la obligacion de recomponer, segun la establezca la ley. Las autoridades proveeran a la proteccion de este derecho, a la utilizacion racional de los recursos naturales, a la preservacion del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biologica, y a la informacion y educacion ambientales. Corresponde a la Nacion dictar las normas que contengan los presupuestos minimos de proteccion, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Se prohibe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos y de los radiactivos".

martes, 4 de mayo de 2010

AGUAS ARGENTINAS CONTAMINADAS POR CURTIEMBRES

La curtiembre Arlei S.A. está localizada cerca de la Ruta 11, en Las Toscas, Provincia de Santa Fe. Esta curtiembre tiene una red de lagunas en las cuales se descargan los residuos líquidos. Estos efluentes, luego de pasar por las lagunas, desembocan en el Arroyo Las Toscas, un afluente del Río Paraná.
Greenpeace tomó cinco muestras en mayo y en agosto de 2000, que incluían efluentes industriales, sedimentos asociados y desechos sólidos provenientes de un sitio donde se habían depositado residuos de la curtiembre Arlei S.A.. El análisis de estas muestras para compuestos orgánicos y metales pesados mostró lo siguiente:
· Los efluentes y lodos provenientes de las lagunas de la curtiembre Arlei S.A. contenían una alta concentración de cromo. Los contaminantes orgánicos encontrados en estas muestras fueron predominantemente hidrocarburos alifáticos (tanto lineales como cíclicos) y alquil bencenos. La muestra de efluente industrial AM0043 también contenía ésteres de ftalato, compuestos fenólicos, fenantreno y trazas de 1,4-diclorobenceno. Ninguna de estas sustancias se detectó en la muestra de sedimento AM0013 proveniente de una de las lagunas ni en la AM0014 que contenía sedimentos en el punto de descarga al Arroyo Las Toscas. Esto puede ser debido a la variación en el tiempo de la composición de los residuos líquidos de Arlei S.A. (las muestras AM0013 y AM0014 se tomaron en mayo de 2000 y la muestra AM0043 se colectó en agosto de 2000). Sin embargo, el sedimento proveniente de la acequia del camino que va al Arroyo y corre a uno de los lados de las lagunas de la curtiembre Arlei S.A. (AM0046) sí contenía niveles altos de cromo y patrones de contaminantes orgánicos similares a los detectados en la muestra de sedimento AM0014, sugiriendo que los desechos de la curtiembre entran a esta acequia tanto por descargas directas como por entradas difusas.
· El alto nivel de cromo encontrado en la muestra de desecho sólido AM0044 proveniente del sitio donde se enterraban desechos de la curtiembre Arlei S.A. indica la naturaleza altamente contaminada de los residuos allí arrojados e ilustra la posibilidad de que exista una contaminación más extensa en el ambiente que rodea este sitio. La mayoría de los contaminantes orgánicos detectados en esta muestra fueron hidrocarburos alifáticos. Además, en esta muestra también se encontró hidroxitolueno butilado (HTB).

Gentileza www.sertox.com.ar


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