ARTICULO 41 CONSTITUCIONAL NACIONAL ARGENTINA

"Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generara prioritariamente la obligacion de recomponer, segun la establezca la ley. Las autoridades proveeran a la proteccion de este derecho, a la utilizacion racional de los recursos naturales, a la preservacion del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biologica, y a la informacion y educacion ambientales. Corresponde a la Nacion dictar las normas que contengan los presupuestos minimos de proteccion, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Se prohibe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos y de los radiactivos".

jueves, 28 de octubre de 2010

COMO CUIDAR NUESTRA AGUA...

- Si tiras lo que queda del aceite usado en la pileta de la cocina...contaminas hasta 20 litros de agua potable. Mejor una vez que el aceite este frío, vacialo en un frasco, tapalo muy bien y tiralo en la basura.

- Al poner una o dos botellas de agua en la mochila del inodoro. !Ahorras hasta 2 litros de agua!

-Al lavar los platos hay que tratar de enjabonarlos todos de una sola vez y enjuagarlos igual.

-Podes ahorrar hasta 12 litros de agua por minuto cuando te bañas, solo cerra la canilla de la ducha mientras te enjabonas.

-Regar las plantas de la macetas o el jardín por la mañana o al empezar la noche.

-Fíjate que no haya perdida de agua en tuberías o accesorios del jardín.

-Usa un balde con agua para lavar el auto o la vereda, hay que disminuir al máximo el uso de la manguera.

Concienticemonos, podemos reducir nuestro consumo y velar por un recurso limitado y esencial como lo es "el agua".

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