ARTICULO 41 CONSTITUCIONAL NACIONAL ARGENTINA

"Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generara prioritariamente la obligacion de recomponer, segun la establezca la ley. Las autoridades proveeran a la proteccion de este derecho, a la utilizacion racional de los recursos naturales, a la preservacion del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biologica, y a la informacion y educacion ambientales. Corresponde a la Nacion dictar las normas que contengan los presupuestos minimos de proteccion, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Se prohibe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos y de los radiactivos".

domingo, 17 de julio de 2011

Ante el inminente tratamiento del proyecto de regulación de agrotóxicos

CUIDAR NUESTRA SALUD. RESGUARDAR NUESTRO AMBIENTE. PROMOVER LA PRODUCCIÓN AGROECOLÓGICA

La implantación y masiva difusión del cultivo de soja transgénica en Argentina en los últimos años (más de 16 millones de hectáreas en la última cosecha) ha traído aparejada la fumigación permanente con agrotóxicos en muchas localidades de nuestro país.

Como bien señala el informe del 1er Encuentro de Médicos Fumigados, la consecuencia de la utilización masiva de plaguicidas químicos (su consumo creció en 14 años casi un 1000 por ciento) ha sido una severa agresión a la salud humana en las poblaciones sometidas a las fumigaciones.

Enfermedades severas como cánceres, abortos espontáneos, trastornos de la fertilidad y nacimiento de hijos con malformaciones congénitas se detectan ahora con mucha mayor frecuencia. También los trastornos respiratorios, endocrinos, neurológicos, hematológicos y psíquicos son más frecuentes en estas poblaciones.

El Partido de Luján no está exento de esta problemática. Año tras año se ha expandido la producción agroindustrial y transgénica, con el consiguiente incremento del uso de agroquímicos. La falta de una legislación he generado que en la actualidad exista una fumigación sin control sobre el casco urbano, las escuelas rurales y las casas de muchos vecinos cuya propiedad linda con un campo.

Tras un año de dilaciones, el reclamo vecinal ha logrado que en la próxima sesión del Concejo Deliberante que se llevará a cabo el 14 de julio se trate un proyecto destinado a regular el uso de los agroquímicos en el Partido de Luján

Vemos prioritario que la ordenanza sancionada establezca como principio esencial la salud de todos los vecinos que habitamos en este distrito, como así también el resguardo del medio ambiente sobre los intereses económicos y comerciales de las grandes empresas multinacionales impulsoras de este modelo.

En ese sentido, expresamos nuestra preocupación ante las modificaciones regresivas que se pretenden implementar al proyecto en debate. Sumado a eso, las declaraciones de algunos concejales relativizando el impacto de los plaguicidas constituyen una muestra de la fuerte presión que realizan las cámaras empresarias para que nada cambie.

Siguiendo el PRINCIPIO PRECAUTORIO establecido en la Ley General del Ambiente Nº 25675, la utilización de los agrotóxicos debería estar condicionada a la evaluación previa del impacto ambiental y sanitario que genera. Sin embargo, en los últimos años se ha hecho todo lo contrario.

Luego de años de fumigación indiscriminada, cada vez más estudios científicos ponen en evidencia el deterioro ambiental y el daño irreversible a la salud que genera el uso de los agrotóxicos. Por lo tanto, exigimos que una ordenanza que defienda el interés público atienda ineludiblemente las siguientes cuestiones:

a) La prohibición TOTAL de la fumigación aérea de agroquímicos en el Partido de Luján

b) La prohibición de aplicaciones de productos agroquímicos y/o plaguicidas en las áreas urbanas del Partido de Luján.

Considerando como punto de partida la distancia mínima de 800 metros del perímetro de las áreas urbanizadas para la aplicación terrestre de estos productos, señalamos que nuestra perspectiva es llevar esa distancia a los 2000 metros que se han reglamentado en muchos municipios de la provincia de Buenos Aires. Cañuelas y Mar del Plata son una muestra de ello.

c) La aplicación de productos agroquímicos y/o plaguicidas con equipos terrestres que contengan pastillas anti-deriva a partir de los 200 metros de los establecimientos escolares que se hallan en zona rural y fuera de horario escolar

d) La aplicación de productos agroquímicos y/o plaguicidas con equipos terrestres que contengan pastilla anti-deriva a partir de los 100 metros de los cursos y cuerpos de agua (ríos, lagunas, etc.)

A la vez, resulta fundamental iniciar un debate sobre el actual modelo de producción agroindustrial y transgénico que provoca un gran deterioro de nuestras condiciones sanitarias y del ecosistema. Es imperioso implementar sistemas que permitan la integración social y cultural y la defensa y reproducción de las condiciones ecológicas de nuestro medio ambiente

En ese sentido, una ordenanza que avance en la restricción del monocultivo y del cultivo transgénico debe estar acompañada por el impulso al desarrollo de cultivos alternativos.

Afirmamos que en el ámbito local, es imprescindible establecer un programa que promueva e incentive la producción agroecológica destinado a brindarles herramientas a aquellos productores que deseen salir de la lógica de envenenamiento sanitario y ambiental que genera el actual modelo.

Solo la amplia participación democrática conseguirá estos cambios. Iniciemos el camino para poder lograrlo


FIRMANTES:

- Asamblea de Vecinos y Organizaciones por el Medio Ambiente del Partido de Luján

– Grupo Scouts de San Luis Gonzaga

– Asociación Ecovida en el Oeste Bonaerense (AEVOB)

– Asociación de Lucha contra el Cáncer (ALUCEC)

- Comisión de Derechos Humanos de Luján por Memoria, Verdad y Justicia

– Agrupación Atlética Raúl Suarez

– CTA Luján

– Sindicato de Guardavidas y Afines (SiGA)

– Asociación Multiprofesional en Educación y Salud (AMES)

- Ruca Hueney

- Escuela de Danzas Árabes Badia Masabmi

– América Viva - Movimiento de Participación Popular

– Nuevo Encuentro

– Partido Socialista

– Movimiento por la Unidad Latinoamericana y el Cambio Social (MULCS)

– Partido Obrero

– Peronismo Militante

– Proyecto Sur

– Frente Darío Santillán (MTC – MIA)

sábado, 9 de julio de 2011

ANTIMONIO...

El veneno que suelta el plástico con el calor se llama antimonio, y se viene denunciando hace mucho tiempo. Si dejas tu botella plástica con agua en el coche durante días calurosos y te bebes el agua después de que ésta se haya calentado, corres el riesgo de desarrollar cáncer de pecho.
Los doctores explican que el calor hace que el plástico emita un cierto residuo químico tóxico que produce este tipo de enfermedad en el seno. Este tóxico es el mismo que se ha encontrado en los tejidos de senos con cáncer.
Así que por favor NO TOMES el agua de botellas de plástico que se hayan podido recalentar.